estados del expediente de
nacionalidad española
1- «Abierto- Registrado»
Este es el primer estado que nos indica que el expediente está correctamente presentado y el Ministerio de Justicia ya tiene constancia de que hemos hecho nuestra solicitud.
2-«Abierto- En tramitación. Pendiente de solicitud de informes»
En esta segunda fase, el Ministerio de Justicia se encarga de solicitar documentación a diferentes organismos y autoridades con la finalidad de verificar que cumples con todos los requisitos para conseguir la nacionalidad Española.
3-«Abierto- En tramitación. Pendiente de respuesta de informes»
En esta tercera fase Justicia ya ha solicitado los informes para corroborar que cumplimos con los requisitos para la concesión de la Nacionalidad española y está a la espera de que cada institución se los mande para poderlos revisar con detenimiento.
4- «En Calificación o En Estudio»
Cuando el expediente se encuentra en esta fase, significa que el expediente está correcto, que no se le ha hecho requerimiento, que se han solicitado previamente los informes preceptivos y que se han recibido los informes preceptivos y esa solicitud está lista para ser resuelta.
5-«Abierto- En tramitación. La Administración hizo un requerimiento de información»
En este estado, la administración hizo un requerimiento de información para su expediente, significa que su expediente tuvo algún tipo de requerimiento y ya fue contestado o bien se ha requerido alguna información a alguna Administración.
6-«Abierto- En trámite. Requerido. Pendiente de recibir documentación requerida por la Administración»
Este estado aparece cuando desde el Ministerio de Justicia ha realizado un requerimiento para aportar documentación o corregir algún error de nuestro expediente. Nos notificarán indicando que documentación es necesaria aportar a nuestro expediente o que debemos aclarar sobre nuestra solicitud. Tenemos un plazo de 90 días para aportar la documentación.
7-«Abierto- En trámite. Requerido. Documentación aportada»
Este estado aparece una vez hayamos aportado la documentación exigida en el estado anterior.
8-«Abierto- En trámite. Requerido. Documentación aportada»
¡El estado definitivo! ¡Finalmente se ha concedido la nacionalidad española! Ahora debes
esperar a que te llegue la correspondiente resolución de concesión de nacionalidad española por el medio que indicamos en nuestra solicitud.
El siguiente paso es iniciar el proceso de Jura de Nacionalidad para la cual tienes un margen de 180 días.