El visado de residencia no lucrativa habilita para residir en España:
- A ciudadanos no europeos con su familia
- Con medios económicos suficientes
- Sin ejercer actividad laboral o profesional
- Por un periodo superior a 90 días
- Con obligación de estar 6 meses y un día a lo largo del año (no consecutivos).
El procedimiento legal suele tardar de principio a fin, aproximadamente entre 5 o 6 meses (pudiendo llegar a ser menos). En los casos en los que el visado es denegado, se puede presentar un recurso.
El procedimiento para conseguir este permiso de residencia se divide en dos partes: la solicitud del visado inicial en el país de origen o allí donde se tenga la residencia legal. Seguidamente la obtención de la tarjeta de residencia una vez se llegue a España, en el tiempo máximo que marque el visado.
La primera tarjeta es de 1 año, pudiendo renovar la misma posteriormente 2 años más, más otros 2 años hasta que pasados estos 5 años, se solicita la tarjeta de residencia de larga duración.
Al año, puede tramitar la solicitud de modificación a Residencia Lucrativa, pudiendo tener así la opción de trabajar, si así se desea.
> Pasaporte y copia del mismo
> Copia del certificado de nacimiento
> Seguro médico. Será fundamental que esté contratado con una empresa privada que únicamente opere en España.
> Prueba de fondos (mínimo 26.000€ por solicitante)
> Antecedentes penales