Convenio Francia y España Nacionalidad

CONVENIO NACIONALIDAD

FRANCIA Y ESPAÑA

El convenio de doble nacionalidad de Francia y España por el que los ciudadanos de cualquiera de los dos países no tendrán que renunciar a su nacionalidad de origen al adquirir la nacionalidad del otro país.


Esta ley está en vigor desde el 1 de abril de 2022.


España tiene el convenio de dobble nacionalidad con estos otros paises:

Andorra , Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, República Dominicana, Guinea Ecuatorial, Ecuador, Filipinas, Francia, Guatemala, Honduras, México, NicaraguaPanamá, Paraguay, Perú, Portugal, Puerto Rico, El Salvador, Uruguay, Venezuela


Ventajas


Los que renunciaron a su nacionalidad de origen antes de la entrada en vigor de este convenio, pueden acogerse al convenio de doble ciudadania y recuperarla, registrando el hecho de que tienen la doble nacionalidad en su partida de nacimiento.


Los requisitos siguen siendo los mismos


Esta medida no implica, sin embargo, que los requisitos para conseguir la nacionalidad española o francesa se conviertan en más sencillos para los nacionalices de ambos países del convenio.

Recordemos que, para solicitar la nacionalidad española (en este caso como ciudadano francés), es necesario cumplir con lo siguiente:

  • Haber residido en el territorio español de manera legal y continuada durante por lo menos 10 años
  • Acreditar un A1 (tanto oral como escrito) de español, algo que se puede hacer superando el examen DELE A2
  • Demostrar conocimientos de la cultura española a través de un examen (CCSE)
  • Carecer de antecedentes penales


Y, para conseguir la nacionalidad francesa (siendo español):

  • Residir en Francia de manera continuada y legal durante 5 años
  • Demostrar un nivel de lengua francesa mínimo de B1
  • Acreditar la posesión/percepción de ingresos estables durante los 3 años previos a la solicitud
  • Carecer de antecedentes penales
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