Altamente Cualificados

LEY 14/2013 PAC

PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS

Empresas que pretendan la contratación de Directivos extranjeros.

Características para la solicitud de los visados de residencia para el personal directivo y los profesionales cualificados

El promedio de plantilla durante los tres meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud debe ser superior a 250 trabajadores en España, en alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.

El volumen de cifra neta anual de negocios superior, en España, a 50 millones de euros; o volumen de fondos propios o patrimonio neto superior, en España, a 43 millones de euros.

Que la inversión bruta media anual, procedente del exterior, no sea inferior a 1 millón de euros en los tres años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

Empresas con un valor del stock inversor o posición según los últimos datos del Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y Competitividad superiores a 3 millones de euros

Pertenencia, en el caso de medianas y pequeñas empresas establecidas en España, a un sector considerado estratégico.

Por otro lado, respecto de aquellos PROYECTOS EMPRESARIALES que supongan, alternativamente y siempre que la condición alegada en base a este caso sea considerada y acreditada como de interés general, cuando se considere un incremento significativo en la creación de puestos de trabajo directos por para de la empresa que solicita la contratación. Mantenimiento del empleo.


Un incremento significativo en la creación de puestos de trabajo en el sector de actividad o ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad laboral.


Una inversión extraordinaria con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad laboral. La concurrencia de razones de interés para la política comercial y de inversión de España. Una aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica. Graduados, postgraduados de universidades y escuelas de negocios de reconocido prestigio.


Como característica principal del tipo de autorizaciones o visados recogidos en esta nueva Ley, es importante resaltar que aquellas que comprendan una actividad laboral no estarán condicionadas por la SITUACIÓN NACIONAL DE EMPLEO.

*NOTA IMPORTANTE:


Las misiones u oficinas consulares españolas podrán requerir durante la tramitación del procedimiento cualquier otro documento que consideren oportuno, en aras de justificar la resolución que ponga fin al mismo.

Los extranjeros deberán mantener durante la vigencia de los visados o autorizaciones las condiciones que les dieron acceso a los mismos.

Los órganos competentes de la Administración General del Estado podrán llevar a cabo las   comprobaciones que consideren oportunas para verificar el cumplimiento de la legislación vigente.


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